Código Educativo: otro proyecto privatista

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El proyecto de Código Educativo bonaerense del senador K, Miguel Oliva y diputadas del FpV, que vuelve a ser presentado el 14 junto al vicegobernador Mariotto, es otro intento privatista y flexibilizador que apunta a reformar la totalidad de las leyes educativas.
Así lo fija el art. 1.122 al “derogar” desde el Estatuto Docente (ley 10.579); al régimen de licencias; la Ley Provincial de Educación (ley 13.688), el Reglamento de Instituciones Educativas (Decreto 2299/11) y “toda otra normativa que contradiga el presente Código”.
Con sus 1.127 artículos y 132 capítulos, el proyecto vuelve a la carga con el proyecto patronal y del Banco Mundial, la OCDE, FMI y demás organismos multilaterales de demoler las conquistas de siglo y medio de luchas. Así, el art. 2, define a la educación como “un bien público que debe garantizar el Estado”, pero sólo “proporcionando la igualdad de oportunidades y de trato” para la “inclusión educativa”. Con lo que se retrocede sobre toda la normativa actual.
Para reforzar la política privatista, su art. 10 fija que sólo “la educación pública estatal es gratuita”. Es decir, el resto sería paga (la privada, cooperativa y social). A la vez promueve la escuela de gestión social con “personal idóneo” o “educadores comunitarios sin título docente”; a ser administradas por ONGs, movimientos como el Evita y otros con “personería jurídica… cuyo objeto social prevea la actividad educativa” (art. 876).
El art. 5º coloca a la “flexibilidad educativa” como uno de sus “principios generales” y refuerza la visión mercantilista al promover las “vincular el curriculum con el mundo del trabajo y la producción”. También la diferenciación salarial como criterio al plantear la “remuneración acorde a la tarea” y el pago de “bonificaciones y suplementos especiales”.
El Código apunta a responsabilizar al docente de la crisis que genera el ajuste del gobierno. Por eso introduce un supuesto “concepto de evaluación, participativa y democrática…” del docente por parte de directivos, alumnos y padres, pero sin consultar con los trabajadores de la educación.
Se establece su evaluación en dos fases: una evaluación interna y otra externa. La interna determinará el 50% de la calificación del docente y surge de: la autoevaluación (6%), la de los pares (otro 6%); del directivo (6%); evaluación de clase (13%); de los alumnos (11%) y padres (8%). una evaluación a cargo de la DGCyE define el otro 50% (art. 1048 a 1056).
Para ser Director, los concursos de oposición y antecedentes serán relativos, ya que el director se define en una “elección de la comunidad educativa” (art. 1077). Los educadores pasaremos de ser “candidatos que se postulan” ante una Junta Electoral “en cada uno de los establecimientos educativos” (Art. 1078 y 1079). Los concursos sólo servirán para definir una terna entre los 3 más calificados. Luego “será electo director el candidato que obtenga la mayoría de votos” en una proporción donde el voto docente es minoritario: el 35%. El otro 15% de los votos lo dan los no docentes; el 25% los estudiantes y otro 25% los padres. Habrá que hacer campaña para ganar…
Por eso llamamos a rechazarlo como en el Plenario de Delegados de SUTEBA. Mientras FEB y UDOCBA lo rechazan, exigimos a la Celeste de SUTEBA que organice instancias de debate para rechazarlo y movilizar si no se descarta. Lo que hace falta es un Congreso Educativo donde los docentes, padres y alumnos de la escuela pública podamos debatir democráticamente un proyecto pedagógico y cultural al servicio del pueblo, con el presupuesto para garantizarlo.

Patricia Ríos. Sec. Educación SUTEBA La Plata

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