Las 9 claves del esclavismo moderno / Reforma laboral macrista: retroceder un siglo o más

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Días atrás se conoció el proyecto de ley que impulsa el gobierno nacional. Abarca un popurrí de modificaciones e implica una reforma integral a la Ley de Contrato de Trabajo e importantes leyes laborales. De ser aprobado se perderán conquistas históricas, retrocediendo un siglo o más en materia de derechos laborales.

Esta reforma implicaría para el conjunto del movimiento obrero argentino una gran quita de derechos. Pero jurídicamente, se trata de derechos adquiridos. Y según el precepto establecido por la Constitución Nacional, rige el principio de progresividad. Es decir, no se pueden reformar derechos para reducirlos ni, menos aún, para anularlos. Por eso esta reforma se vuelve inconstitucional.
El gobierno defiende su retrógrada reforma con la excusa de “modernizar”, “bajar el costo laboral” y combatir la supuesta “industria del juicio”. Pero en vez de reducir la litigiosidad habrá una avalancha de juicios contra la inconstitucionalidad de esta reforma macrista. Los principales cambios en danza son los siguientes:

  1. Menos multas por trabajo en negro. Hoy son del 25% del salario bruto, pero las reducirían al 25% del Salario Mínimo Vital y Móvil de cada período. O sea, las multas no tendrán relación con el sueldo del trabajador. Para colmo, a los trabajadores blanqueados se les reconocerá una antigüedad máxima de cinco años: si trabajó 20 años en negro y lo blanquean, sólo tendrá aportes por cinco años. Además se reducen las contribuciones y aportes patronales, lo que para 2022 les generará a los capitalistas una ganancia extra de más de cien mil millones de pesos.
  2. Limitan la irrenunciabilidad. Según este concepto, hoy se considera nula toda renuncia del trabajador a sus derechos. La reforma valida negociaciones individuales entre la patronal y el trabajador a la baja de su contrato, sobre todo rebajas salariales. Así se vuelve al texto de la Ley de Contrato de Trabajo de la época de la dictadura militar.
  3. Tercerizadas y subcontratadas, impunes. Hoy, ante incumplimientos laborales de la tercerizada o subcontratada, la empresa principal también debe responder. La reforma excluye la responsabilidad de las empresas que contraten gente mediante tercerizadas de seguridad, limpieza u otros rubros: sólo respondería la tercerizada, que en general son sociedades de responsabilidad limitada (SRL), sin bienes, dificultando el cobro para el trabajador.
  4. Peores condiciones de trabajo. Hoy los empresarios no pueden hacer uso abusivo del ius variandi, o sea cambiar caprichosamente las tareas, horarios, lugar de trabajo y salarios. La reforma pretende ampliar la facultad patronal para modificar esas condiciones esenciales del contrato de trabajo. Se elimina la posibilidad de obligar al empleador por acción judicial sumarísima a retrotraer la modificación, por lo que el trabajador sólo puede considerarse despedido.
  5. Nuevos contratos-basura. Se tergiversa el concepto de trabajo para igualar al trabajador con su patrón. Se promueven las pasantías no retribuidas de jóvenes y estudiantes secundarios. Se crea la figura del trabajador independiente, que podrá tomar hasta cuatro colaboradores. Hoy un monotributista que factura siempre para el mismo empresario es considerado dependiente y puede reclamar judicialmente. La reforma excluye de la legislación laboral a esos trabajadores autónomos que presten tareas para un empleador.
  6. Horas extra, gratuitas. La reforma habilita la compensación de horas extras en otra jornada, sin pago de las mismas. Funcionaría un banco de horas: el trabajador hace horas extras y el empleador, cuando le venga bien, se las compensa en horas. Esto se hará durante el mismo año y sin que el trabajador se pueda tomar en un mismo día todas las horas extra adeudadas.
  7. Más restricciones en los juicios. El interés actual en el pago de sentencias judiciales es del 36% anual. Con la reforma pasará a ser muy inferior, atado a los créditos UVA (unidad de valor adquisitivo). Y se reduce de dos años a uno el plazo del trabajador para realizar reclamos judiciales. Según el Código Civil cualquier persona tiene dos años para reclamar sus créditos, pero esta reforma pondría al trabajador en inferioridad de condiciones.
  8. Despidos más baratos. La indemnización por despido hoy es un mes del mejor sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses (art. 245 LCT). Para calcular la base del sueldo se computan las horas extra, aguinaldo, presentismo, premios, plus, antigüedad. La reforma reduce drásticamente la indemnización, ya que sólo tomará en cuenta el sueldo básico. Según el caso, en concreto es una quita del 50% o más. Se crea el fondo de cese laboral, donde el empleador depositará cada mes y que el trabajador tendrá disponible al momento del despido. Así el despido no tendrá costo para la patronal, similar a la modalidad del gremio de la construcción. Ese fondo será negociado con los sindicatos e incorporado a los convenios colectivos.
  9. Certificados de trabajo, bien gracias. Si a los 30 días de finalizada la relación laboral el empleador no los entrega al trabajador, hoy se puede reclamar una multa equivalente a tres sueldos. La reforma elimina dicha multa, en otro beneficio más a las patronales.
    Este paquete antiobrero que pretende imponer el gobierno macrista incrementa los poderes de las grandes empresas sobre los trabajadores, fomentan los despidos arbitrarios y el trabajo en negro o deficientemente registrado. Pese a que Macri y sus funcionarios repiten que esta es una “ley de blanqueo”, si en realidad se eliminan todas las sanciones a las empresas que ya contratan personal en negro y/o tercerizado, ¿qué capitalista va a blanquear a un trabajador, si ya no debe pagar multas en caso de ser demandado? Algunas sanciones consideradas leves se mantendrían, pero serían percibidas por el Estado y no por el trabajador, el que seguiría sin obtener sus aportes.
    Esta reforma laboral es además un ataque contra la organización sindical, ya que habilita al Ministerio de Trabajo a dar de baja a aquellas asociaciones sindicales que considere que por cinco años no cumplieron las normas legales o estatutarias. De forma totalmente discrecional a efectuar por el propio ministro, este avance antisindical viola toda la normativa sobre trabajo y libertad sindical, tanto a nivel nacional como los tratados internacionales al respecto.
    La CGT anunció su tibio rechazo al proyecto, pero no llama a ningún plan de lucha y todo indica que seguirán sentados junto al ministro Triaca para negociar. Mientras tanto, a espaldas de las bases trabajadoras, esos burócratas negocian y transan con el gobierno para mantener sus privilegios y su manejo de las obras sociales.
    Pero este proyecto reaccionario aún no fue votado por el Congreso y creemos que la clase obrera tiene las herramientas necesarias para resistirlo y frenarlo. Así como cada derecho laboral que hoy Macri y la clase capitalista nos quieren quitar lo obtuvo el movimiento obrero con sus luchas, es únicamente con la lucha como vamos a defender dichos derechos.

Vanesa López y Mariana Chiacchio,
abogadas del CADHU y del MST


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